Martes, 31 July 2018 07:57

El Supremo reitera la ilegalidad de la sanción por dispositivo "foto rojo"

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Comenzamos el nuevo año comentando una reciente sentencia del Tribunal Supremo de 14 de diciembre de 2017 en el orden contencioso-administrativo por el que resuelve inadmitiendo un recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Catarroja (Valencia) contra la sentencia que declara ilegal una sanción de tráfico captada por el dispositivo “foto-rojo”.

Esta resolución reitera lo que el Tribunal Supremo ya dijo en su sentencia de 12 de noviembre de 2015, volviendo a anular una sanción de tráfico captada por un dispositivo foto rojo considerando que la imagen captada por este tipo de dispositivos exentos de control meteorológico no es un medio de prueba válido para dar fe de una sanción de tráfico.

 

La razón que recoge el Tribunal Supremo en ambas sentencias es que el dispositivo empleado por la administración realizaba una medición lumínica, pero a pesar de ello, no estuvo sujeto a ningún control meteorológico.

 

Así lo exige el artículo 70.2 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial , al regular las garantías del procedimiento sancionador, donde apodera a las Administraciones competentes para que empleen « instrumentos, aparatos o medios y sistemas de medida para la formulación de denuncias por infracciones », dispositivos de medida que « estarán sometidos a control metrológico en los términos establecidos por la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología y su normativa de desarrollo ».

 

El ayuntamiento de Catarroja se ampara en que no existe regulación específica alguna en el campo meteorológico para estos aparatos, pero, sin embargo, como se desprende de la Ley, y finalmente el Alto Tribunal sentencia que, su sometimiento al control metrológico no depende de que exista o no desarrollo reglamentario o técnico para ellos, sino que efectivamente cumplan tales funciones de contar, pesar o medir utilizadas a efectos administrativos sancionadores, como en este caso.

 

Para leer la sentencia completa, pulsa aquí o en la imagen.

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