Las zonas de estacionamiento regulado o “zona azul” han pasado a formar parte de la rutina diaria de muchos conductores sometidos a esta regulación en sus ciudades, o incluso, de muchos de los que nos movemos a otras ciudades españolas y ante la ignorancia de cuáles son las zonas correctas de aparcamiento o de la utilización de los parquímetros, somos sancionados al aparcar en lugares públicos, siendo esta una fuente diaria de ingresos para las arcas públicas de los distintos ayuntamientos.
 
Son frecuentes las sentencias dictadas por los tribunales contencioso-administrativos que reconocen la nulidad de las notificaciones realizadas por los operarios del Servicio de Estacionamiento Regulado por ser contrarias a derecho y no haber seguido el procedimiento adecuado, anulando la misma y condenando en costas a la Administración Pública en cuestión. 
 
Entonces, ¿qué es lo que podemos hacer cuando recibimos una notificación de sanción?, Pues ponerte en contacto con nosotros, estamos a tu disposición para informarte sobre tus derechos, indicarte las gestiones pertinentes y realizar los recursos de tu multa. 
                                             
 
 
Desde el año 2016, las comunicaciones entre las empresas y los Juzgados y Tribunales debían hacerse mediante la dirección electrónica habilitada, desde donde los representantes de la sociedad, tenían tres días para notificarse su contenido. Este procedimiento de notificación estaba acarreando multitud de problemas para las empresas ya que en numerosas ocasiones no eran conscientes de tales notificaciones por lo que, pasados los tres días, se daban por notificados, continuándose los procedimientos sin que las empresas o personas jurídicas hubieran tenido verdadero conocimiento de los mismos.
 
Sin embargo, el Ministerio de Justicia, a través del Secretario General de la Administración de Justicia, ha comunicado a todos los secretarios de gobierno que los Tribunales Superiores de Justicia, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo tienen la obligación de notificar la citación o primer emplazamiento de las demandas de forma PRESENCIAL EN EL DOMICILIO de las sociedades y demás personas jurídicas, y no de forma telemática a través de la dirección electrónica habilitada para recibir las notificaciones de los distintos organismos de la Administración General del Estado.
 
En la sentencia del Tribunal Constitución núm. 47/2019, de 8 de abril, se estima un recurso de amparo de una empresa que fue citada para un acto de conciliación y posterior juicio laboral en su dirección electrónica habilitada en vez de recibirla por correo certificado en su domicilio social, por lo que tras su publicación en el BOE, se ha procedido a hacer la mencionada comunicación por parte del Ministerio de Justicia.

 

 

 

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  • Búsqueda incansable de la justicia. Existe por nuestra parte una voluntad permanente de propiciar la justicia en todos los espacios en los que participamos.
  • Respeto permanente de la legalidad, no conformándonos con la apariencia, sino comprometiéndonos siempre con el descubrimiento de la realidad de las cosas, siempre enmarcada en el derecho.
  • Honradez a toda prueba. Plenitud de compromiso con la transparencia, contra cualquier forma de corrupción y tráfico de influencias.
  • Mediante el agotamiento de todas las instancias intelectuales, fácticas y ejecutivas que nos corresponden en el desempeño de nuestra responsabilidad.
  • Estudio del desarrollo jurídico en general actualizado en continuidad.
  • Sentido social. Desarrollo, perfección y profundización en el sentido social, basado en la convivencia como camino a la paz social.

 

Cómo lo hacemos:

La participación profesional de nuestro equipo se basa en la realización de un trabajo comprometido y dedicado. Asumimos los asuntos de nuestros clientes como un deber habitual para el desarrollo de nuestros talentos personales, para el servicio a la comunidad y para organizar el trabajo en la búsqueda de la justicia, respetando en todo momento la normativa profesional recogida en el Código Deontológico y el Estatuto General de la Abogacía.

Valoramos el trabajo en equipo como herramienta fundamental que permite que los talentos de cada integrante del equipo se complementen para desarrollar un excelente trabajo final.

Nuestro equipo está formado por:

JUAN MANUEL GALLEGO BARQUERO

ROSA MÁRIA ESQUIVEL PORTILLO

GLORIA DE CABO NAVARRO

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